Los propietarios de hitos designados (landmarks) pueden vender sus derechos de desarrollo no utilizados a terrenos cercanos, y City of Yes for Housing Opportunity facilitó mucho ese proceso en 2024. The Land Law Firm representa a propietarios de hitos y a desarrolladores de terrenos receptores durante la transferencia, desde el cálculo de la superficie edificable disponible hasta los documentos inscritos.
La mayoría de las transferencias de hitos ahora se aprueban por certificación y no pasan por ULURP (procedimiento uniforme de revisión de uso de suelo). Solo las transferencias que superan ciertos umbrales requieren un permiso especial.
La transferencia es permanente. La superficie edificable del hito se reduce aunque la designación se elimine más adelante o el edificio se destruya. La superficie edificable disponible es el máximo permitido en el lote del hito, menos la superficie de sus edificios existentes y cualquier transferencia anterior, por lo que conviene revisar el historial de zonificación del hito antes de acordar un precio. El compromiso de mantenimiento también acompaña al hito, lo que lo convierte en parte de la negociación.
Preguntas frecuentes
A terrenos receptores dentro del área circundante del hito, según la define la Zoning Resolution. El lote receptor no tiene que colindar con el hito.
Por lo general, no. La transferencia se aprueba por certificación, que no está sujeta a ULURP. Solo las transferencias que superan los umbrales de la Zoning Resolution requieren un permiso especial por ULURP.
Estar en un distrito histórico no es la cuestión decisiva. Lo que importa es si el terreno receptor está dentro del área circundante del hito, lo que depende de dónde se ubican ambos terrenos. Si tiene un terreno específico en mente, escríbanos a alexia@thelandlaw.com y lo revisamos.
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